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Es ilegal el acoso telefónico de despachos de cobranza contra deudores: Profeco

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Autor: Superchannel
08 de agosto de 2021 a las 11:49 · 719 Vistas · 2 min de lectura

La Profeco explicó que los despachos de cobranza no pueden llamar a cualquier hora, aunque sí pueden comunicarse contigo de manera respetuosa.

Por: Grupo Zócalo

Ciudad de México.- Si en la madrugada o casi a la medianoche recibes llamadas de despachos de cobranza exigiendo un pago bajo amenazas, es importante que conozcas tus derechos.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) explicó que los despachos de cobranza no pueden llamar a cualquier hora, aunque sí pueden comunicarse contigo “de manera respetuosa, de lunes a viernes y en días hábiles, entre las 7:00 y las 22:00 horas, de acuerdo con los husos horarios del lugar en donde se encuentra el cliente”.

Sin embargo, hay algunas prácticas que no pueden realizar, pues pueden incurrir en prácticas comerciales abusivas y coercitivas, en violación al artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Así, estas son las 11 faltas que pueden denunciarse ante la Profeco, en donde destaca el dirigirse a personas que no sean el cliente, aval u obligado solidario, usar lenguaje ofensivo, obsceno, palabras altisonantes, acosar, amedrentar, intimidar o amenazar a sus clientes, avales, deudores solidarios, familiares o amigos y utilizar cartelones, anuncios o cualquier medio impreso en el exterior del domicilio o empleo del deudor refiriéndose al adeudo.

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